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PREFACIO
Las Leyes del Ajedrez no pueden cubrir todas las situaciones posibles que pueden surgir durante una partida, como tampoco pueden legislar todos los aspectos administrativos. En los casos no reglamentados en forma precisa por un artículo de las Leyes, debería ser posible llegar a un juicio correcto a partir del estudio de situaciones análogas que hayan sido discutidas en las Leyes. Las Leyes presuponen que el árbitro posee la necesaria competencia, el sano juicio y absoluta objetividad. Un instrumento legal excesivamente detallado privaría al árbitro de la libertad de criterio necesario, impidiéndole con ello hallar solución a un problema que debería ser dictada por la equidad, la lógica y los factores especiales. La FIDE solicita a todos los jugadores de ajedrez que acepten este criterio.Una federación afiliada tiene libertad para introducir reglas más detalladas, siempre que esas leyes: a. no sean contradictorias, en ningún caso, con las leyes oficiales de la FIDE; b. estén limitadas al territorio de dicha federación, y c. no sean válidas para ningún match FIDE, campeonato, torneo de clasificación ó para título o rating de la FIDE.
REGLAS DE JUEGO
Artículo 1: La naturaleza y objetivos del juego de ajedrez.
Artículo 2: La posición inicial de las piezas en el tablero de ajedrez.
Artículo 3: El movimiento de las piezas
Artículo 4: La acción de mover las piezas

Artículo 5: La partida terminada
REGLAS DE COMPETICION
Artículo 6: El reloj de ajedrez
Artículo 7: Irregularidades
Artículo 8: La anotación de las jugadas
Artículo 9: La partida tablas
Artículo 10: Juego rápido a "finish".
Artículo 11: Puntuación.
Artículo 12: La conducta de los jugadores.
Artículo 13: La función del árbitro (ver Prefacio).
Artículo 14: FIDE
D. Partidas rápidas finalizadas donde no está presente el árbitro en la sala de juego.